Emprendedores Cataluña - Consultoría y asesoría jurídica

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Emprendedores

Ofrecemos asesoramiento  para crear vuestro proyecto de negocio, capitalización del subsidio de paro, trámites de constitución de vuestra empresa, subvenciones, financiación etc.

Capitalización subsidio de paro - Memoria
 

Asesoramos en la elaboración de la memoria preceptiva para solicitar la prestación del subsidio de paro, ayudamos a identificar las modalidades de prestación, según el tipo de empresa a crear: autónomo, sociedad civil, cooperativa o sociedad laboral.

Asesoramiento general
 

Asesoramos sobre: 

  • Vías para adquirir formación en temas laborales. 
  • Creación de empresa individual y sociedad civil.
  • Creación de sociedad mercantil limitada, laboral y cooperativa.
  • Creación de empresas cualificadas de I+D.
  • Subvenciones a fondo perdido, financiación, I+D, para la incorporación de socios en las sociedades laborales y cooperativas...
Financiación para vuestro negocio
 
Para hacer más fácil el acceso a la obtención de: Préstamos para creación de empresa, microcréditos, financiación circulante y otras líneas de soporte financiero al emprendedor / a.
Plan de negocio
 

Asesoramos la elaboración de vuestro plan de negocio, ayudamos a identificar vuestro mercado, establecer el marco organizativo de vuestra empresa, valorar la financiación más adecuada y planificar el umbral de rentabilidad de vuestro proyecto.

Formación
 

Curso taller de 80 horas, para Emprendedores

Informació al Teléfono: 93.794.33.32 ó
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Subvenciones para trabajadores autónomos (25/02/2010)

CONCESIÓN  DE SUBVENCIONES A LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS QUE HAYAN CESADO EN SU ACTIVIDAD EMPRESARIAL O PROFESSIONAL.

PERSONAS  BENEFICIARIAS Y REQUISITOS:

Pueden ser beneficiarios de esta subvención i por una sola vez los trabajadores autónomos que hayan cessado su actividad professional o empresarial en Cataluña y que reunan los siguientes requisitos:

-Acreditar el ejercicio exclusivo de actividad empresarial o professional i constar de alta de autónomos durante 1095 dias dentro de un periodo de 1825 dias antes de la baja RETA.
-Tener menos de 65 años
-Estar en situación de desocupación y ser demandante de ocupación de Cataluña durante dos meses initerrumpidamente.
-No recibir ninguna otra prestación.
-Subscrivir unn compromiso de orientación para la búsqueda de trabajo.
Estar empadronado en Cataluña.
-No disponer de rendas própias en cómputo mensual a 75% del SMI, Ni superar-lo a nível de unidad familiar.
-No haver deshechado en programas públicos de ocupación
-Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias i de la seguridad social.
-no pueden ser beneficiarios de estas ayudas personas que hayan formado parte deun órgano de administración de sociedades mercantiles.

 

 

El Iva se pagará cuando se cobren las facturas (16/02/2010)

El Congreso aprueba que las pymes y autónomos no paguen el Iva hasta haber cobrado

El pasado 9 de febrero el Congreso aprobó la admisión a trámite de una proposición de Ley para tramitar que, pymes y autónomos no tengan que tributar por el Iva de las facturas que aún no hayan cobrado.

Ahora será necesario encontrar soluciones para hacer jurídicamente y tècnicamente esto posible. Por tanto de momento tenemos de esperar a que se tramite la modificación de la Ley del Iva en este sentido.

Ley 26/2009 de Presupuestos Generales para el año 2010 (13/01/2010)

Novedades fiscales y laborales para el año 2010

Entrevista en LA VANGUARDIA de RG Associats (18/09/2009)

RG Associats aparece en una entrevista en la Vanguardia

Rg Associats entrevistado en la Vanguardia publicada el dia 18 de setembre de 2009, en la página 77.

CIRCULAR INFORMATIVA DEL I.N.S.S. (21/04/2009)

La Dirección Provincial de Barcelona de Instituto Nacional de la Seguridad Social informa,  que a partir del próximo mes de septiembre notificará en la Inspección de Trabajo, las empresas que incumplan reiteradamente los plazos legales de comunicación, de los comunicados de alta y baja médica de incapacidad temporal de los trabajadores.

Por esto os queremos  recordar que hace falta seguir las directrices que establece la Orden TAS 399/2004 y la Orden de 19 de junio de 1997, por la cual se desarrolla el Real decreto 575/1997, de 18 de abril.

Pera más  información  podéis llamar al:
telf. 93.794.33.32 - correo: rg@rgassociats.com

 

 

Bases reguladoras para concesión de subvenciones (31/03/2009)
Medidas urgentes fomento ocupación y protección personas en paro (31/03/2009)

Medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas. (RDL 02/2009 de 6 de marzo)

1.- Medidas de mantenimiento del empleo : Bonificación en la cotización empresarial a la Seguridad Social en los supuestos de regulaciones temporales de empleo.

2.- Medidas de protección a las personas desempleadas:

- Reposición del derecho a la prestación por desempleo.
- Eliminación del periodo de espera para ser beneficiario del subsidio por desempleo.

3.- Medidad de fomento del empleo: Bonificaciones por la contratación indefinida de trabajadores beneficiarios de las prestaciones por desempleo.

Prestaciones económicas del Sistema de Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesto durante la lactancia natural (31/03/2009)

Prestaciones económicas del Sistema de Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesto durante la lactancia natural (RD 295/2009, de 6 de marzo)
Modificaciones sustanciales
1.- Subsidio por maternidad (contributivo)
   - Situaciones protegidas
   - Periodos mínimos de cotización
   - Duración
2.- Subsidio por maternidad (no contributivo)
   - Duración
3.-Subsidio por paternidad
   - Duración
4.- Subsidio por riesgo durante el embarazo
   - Prestación económica
5.- Subsidio por riesgo durante la lactancia natural
   - Situación protegida
   - Prestación económica